El Código Penal nos dice que incurre en este delito quien deje desprotegidos a su cónyuge y a los hijos y menores que tenga bajo su guarda y custodia. Es decir, por abandono del hogar no hemos de entender el mero acto de irse de casa (siempre y cuando al irse no se lleve a sus hijos con usted, que eso ya es otro tipo delictivo), sino el hecho de dejar desamparados los miembros de su familia.
Estrechamente vinculado con el tema anterior es el caso, tristemente frecuente en temas de divorcio, en que una de las partes manifiesta estar sufriendo malos tratos y se encuentra en la siguiente tesitura: si sigue residiendo en el domicilio conyugal al tiempo de interponer la demanda de divorcio, se expone a represalias. Si abandona la vivienda pero deja en ella a sus hijos, quienes pueden sufrir las consecuencias son ellos. Si se va con los menores, puede incurrir en un tipo delictual. Lo aconsejable en estos casos es que o bien ponga en conocimiento de la policía su intención de abandonar la vivienda por las circunstancias descritas, dejando consignada la nueva dirección, o bien acuda al centro de asistencia a las víctimas de violencia de género más próximo de los que existen en Zaragoza.
Se suele ignorar también que el hecho de no pagar la pensión de alimentos durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos es considerado un delito, con penas que oscilan entre los tres meses y el año de prisión. Es bastante común el caso de que el obligado a satisfacer la pensión se queda sin trabajo y en lugar de instar un procedimiento de modificación de las medidas dictadas en el divorcio se limita a dejar de pagar.
Si bien es cierto que en la mayoría de juzgados de Zaragoza, el hecho de demostrar que no se puede pagar puede implicar una sentencia absolutoria, piense que todos esos meses impagados se le van a ir acumulando y cuando pase a mejor fortuna se le reclamarán vía embargo de sueldo y cuentas bancarias. Es preferible, como decimos, que si en un momento dado sus ingresos se ven reducidos o directamente suprimidos, acuda a un abogado e inicie un procedimiento de modificación de medidas.